La cooperaci贸n se traduce a trav茅s de convenios de beneficio mutuo, memorandos de entendimiento, especialmente en materia de seguridad social en beneficio de ciudadanos ecuatorianos y espa帽oles. Juan Tizalema, reside en Espa帽a hace nueve a帽os, trabajando en un hotel y el fin de semana en un restaurante. D铆as atr谩s retorn贸 a Ecuador para legalizar los documentos de su esposa e hijo y de paso se enter贸 que podr铆a beneficiarse del seguro social, a prop贸sito del convenio de Seguridad Social, que recientemente suscribieron Ecuador y Espa帽a; tras la visita de la Ministra de Asuntos Exteriores de ese pa铆s, Trinidad Jim茅nez.
Considera que es gran adelanto y un punto positivo para los miles de ecuatorianos que viven en Espa帽a, por lo que manifest贸 su inter茅s en aportar al Seguro Social en Ecuador ya que le servir铆a para el amparo de su salud.
Para Edwin Pacheco, otro compatriota quien viv贸 dos a帽os en ese pa铆s, recuerda que durante su estad铆a padeci贸 un problema en el hombro sin poder recibir un adecuado servicio de salud, por lo que piensa que este seguro ser铆a importante para los miles de ecuatorianos que est谩n all谩.
A Patricia S谩nchez, quien tiene previsto viajar a Espa帽a para reunirse con su esposo, la noticia le result贸 interesante, inmediatamente manifest贸 su inter茅s por afiliarse al IESS ya que en actualmente la pareja no cuenta con seguridad social.
Al igual que ellos, 171.000 ciudadanos ecuatorianos afiliados a la Seguridad Social espa帽ola y alrededor de 5.000 ciudadanos espa帽oles afiliados a la Seguridad Social ecuatoriana, podr铆an beneficiarse, a partir de que el servicio empiece a operativizarse, a partir de enero del 2011.
El Embajador de Ecuador en Espa帽a, Galo Chiriboga, explic贸 que el seguro incluye todas las prestaciones b谩sicas que garantizan los derechos de los trabajadores cuando se trasladan a trabajar a otra parte. Por ejemplo, un ciudadano ecuatoriano que aporta a la seguridad social en su pa铆s y que transitoriamente vive en Espa帽a, que se le presenta alg煤n riesgo por enfermedad, accidente, es cubierto por la seguridad social.
Se utiliza una figura de trabajador destacado (aquel que las empresas espa帽olas en Ecuador traen desde Espa帽a y viceversa), permitiendo a los trabajadores de las empresas de ambos pa铆ses una mayor movilidad lo que facilitar谩 el intercambio comercial entre ambos Estados; por tanto desde el momento que son contratados queda ya garantizada la seguridad social.
Seg煤n el Embajador ecuatoriano se espera para el pr贸ximo a帽o extender los servicios consulares en Madrid, para lo cual se est谩 haciendo un esfuerzo para que el Registro Civil pueda operar en l铆nea con el Consulado en Madrid y extender documentos de identificaci贸n que son necesarios: como partidas de nacimiento, matrimonio, defunci贸n entre otros y as铆 brindar mayor facilidad para los ciudadanos ecuatorianos. De darse este caso evitar铆a ya no se repetir铆a el caso de Juan Tizalema.
Pasos previos
El Convenio entrar谩 en vigor el primer d铆a del segundo mes siguiente al mes en que cada Parte Contratante haya recibido de la otra Parte notificaci贸n escrita de que se han cumplido todos los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios para la entrada en vigor.
Con este instrumento se actualizan normas y principios de convenios internacionales sobre Seguridad Social que no estaban recogidos en el anterior convenio que era de 1974. La negociaci贸n del convenio ha llevado dos a帽os, se inici贸 en el 2007, concluy贸 en el 2009 a trav茅s de las instancias correspondientes que son el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de Ecuador y su contraparte de Espa帽a. Con la entrada en vigor del nuevo Convenio queda sin efecto el anterior.
El campo de aplicaci贸n incluye a los trabajadores y pensionistas que est茅n o hayan estado sujetos a la legislaci贸n de Seguridad Social de una o ambas Partas y a los miembros de sus familias. Se establece adem谩s el principio de la igualdad de trato para los trabajadores o pensionistas ecuatorianos en Espa帽a, y espa帽oles en el Ecuador, as铆 como sus respectivas familiar, quienes podr谩n tener acceso a las prestaciones contributivas por jubilaci贸n, maternidad, supervivencia, accidentes de trabajo, incapacidad temporal y permanente, enfermedades profesionales y auxilio por defunci贸n.
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