La Federaci贸n de Asociaciones de Inmigrantes de Baleares (FAIB) presenta una propuesta para la elaboraci贸n del decreto de creaci贸n del nuevo Foro de la Inmigraci贸n de las Islas Baleares.
PROPUESTA 1
Composici贸n.
- 33 miembros
La composici贸n prevista en el Proyecto de Decreto con la fijada en el Foro para la Integraci贸n Social de los Inmigrantes, de car谩cter nacional. Este 煤ltimo, con un criterio a nuestro entender mucho m谩s acertado, establece de entrada, un n煤mero total m谩ximo de miembros, 33. Es un n煤mero que, aunque arbitrario, permite conjugar la representatividad, la pluralidad y la operatividad, am茅n del elemental principio de equidad. Pero es que, adem谩s, la Presidencia no recae necesariamente sobre un cargo p煤blico, exigi茅ndose, con acierto, “una reconocida competencia en el campo de la inmigraci贸n”. Por si tal exigencia no se cumpliera a satisfacci贸n de todos, se establecen dos vicepresidencias de las cuales, la Primera recae en un cargo p煤blico. Pero es que, finalmente, la composici贸n del citado Foro Nacional establece espec铆ficamente que de los 31 vocales, once son en representaci贸n de la administraci贸n y los otros veinte lo son en representaci贸n de las entidades sociales.
Los municipios a juicio de la FAIB deben estar representados por la FELIB ( con tres o dos representantes).
Los foros Insulares, al entender de la FAIB; o no deben ostentar representaci贸n directa como tales en este nuevo Foro o su representaci贸n no debe configurarse en ning煤n modo como “Representantes de la administraci贸n local”, lo cual parecer铆a considerar a estos foros como meros 贸rganos administrativos. Concebidos as铆, dif铆cilmente sus representantes ser谩n otra cosa que representantes de la administraci贸n y dif铆cilmente esta representaci贸n recaer谩 sobre personas ajenas a la misma, espec铆ficamente en las asociaciones y organizaciones.
En cuanto a la designaci贸n de Conselleres o Directores, como representantes de la administraci贸n auton贸mica, se les deber铆a exigir la efectiva presencia de los mismos, es decir imposibilidad de delegaci贸n. La experiencia de otros 贸rganos, asambleas, foros, etc. Nos hace desconfiar de esta posibilidad. Tradicionalmente se delega en altos funcionarios de carrera, ajenos, a la espec铆fica materia a tratar , que adoptan actitudes pasivas, se amparan en su condici贸n delegada para no comprometer a la direcci贸n general que representan y viven las reuniones como par茅ntesis casi festivos en sus jornadas ordinarias o par茅ntesis penosos, dependiendo del horario que se se帽ale
En resumen, nos parece que la composici贸n debiera tener presente las siguientes ideas-base:
1. Fijaci贸n de un n煤mero m谩ximo total de miembros del Foro que lo haga, a la vez, operativo y representativo.
2. Garant铆a de presencia de las “entidades sociales” en la Presidencia o la Vicepresidencia”
3. Proporci贸n de 1 a 2 entre el n煤mero de vocales en representaci贸n de las administraciones p煤blicas y de las entidades sociales.
PROPUESTA 2
Respecto a la representaci贸n de las entidades sociales, la FAIB quiere hacer las siguientes consideraciones:
1. Ser铆a conveniente exigir para la representaci贸n sindical que se perteneciera a la categor铆a de sindicatos “ m谩s representativos”, tal como se hace con la representaci贸n empresarial. La diferenciaci贸n no es balad铆. El concepto de “sindicato m谩s representativo” es un concepto legal y, por tanto, perfectamente determinado y; mientras que la expresi贸n recogida en el texto propuesto “de sindicatos con implantaci贸n en las Illes Balears” (sic) es un concepto jur铆dico ambiguo y apto para la pol茅mica. No parece deseable que por implantaci贸n acabe por entenderse cualquier presencia en las Islas Baleares, por muy escasa, limitada sectorialmente o incluso inexistente que sea su representatividad, y ello permita, sin m谩s requisito, la presencia en el Foro. O en su defecto aquellos sindicatos que est谩n realizando programas dirigidos a las personas inmigradas.
2. No deber铆a ser exigencia para las asociaciones de inmigrantes y refugiados, de actuar y desarrollar programas de car谩cter interinsular porque parecer铆a m谩s un intento de limitar la presencia de las asociaciones que un sincero intento por incorporarlas al Foro. Si se conoce la dificultad propia del asociacionismo de esta naturaleza, caracterizada por la penuria econ贸mica, la volatilidad residencial, la ligereza de compromiso y la intermitencia del esfuerzo desinteresado. Exigir una actividad m谩s all谩 del 谩mbito insular parece un disimulado intento de exclusi贸n de quienes deben ostentar el protagonismo en los 贸rganos institucionales que tratan su problem谩tica: las asociaciones de inmigrantes y refugiados. Suponer en ellas una la infraestructura y organizaci贸n ( en medios materiales y humanos, recursos, etc) suficiente para desarrollar esa actividad de car谩cter insular o evidencia un desconocimiento de la realidad sobre la que se quiere legislar o es algo peor: la discriminaci贸n . cuando desde todas partes, empezando por la propia administraci贸n auton贸mica, que se reclama la atenci贸n al hecho insular que suponga la reducci贸n del coste del mismo, dando por incuestionable su impacto encarecedor, no se entender铆a bien que las asociaciones de inmigrantes y para inmigrantes, con escas铆sima o nula ayuda financiera, se les pida que act煤en, si pueden, como si tal impacto no existiese y, lo que es peor, de su capacidad para hacerlo se haga depender su presencia en el Foro que se pretende crear.
3. Se cierra el c铆rculo perverso; la escasez de medios limita las posibilidades de expansi贸n y actuaci贸n fuera del limitad铆simo 谩mbito local, y esa limitaci贸n es precisamente la que excluye del Foro donde se debe hacer oir la voz para reclamar la superaci贸n de la escasez.
La FAIB entiende que es necesaria alguna exigencia de actividad y representatividad de las asociaciones de inmigrantes, am茅n de la legalidad, para acceder al Foro y, en esa l铆nea, ver铆a con buenos ojos que el n煤mero de representantes por asociaci贸n pudiera ser variable en funci贸n de criterios como la antig眉edad, representatividad, actividad desarrollada, etc.
4. La FAIB entiende que deber铆a evitarse el abuso de derecho que supone o puede suponer la dependencia m谩s o menos directa de determinadas organizaciones u asociaciones de otras entidades que tienen por si representaci贸n en el Foro, con la consiguiente sobrerepresentaci贸n que ello conlleva. A tal efecto, la coincidencia domiciliaria, la vinculaci贸n org谩nica, la dependencia econ贸mica, u otros factores, deber铆an ser considerados para hacer el abuso referido y evitarlo.
5. Las asociaciones de vecinos podr铆an estar representadas por las dos federaciones de asociaciones de vecinos.
6. Las organizaciones empresariales a criterio de la FAIB, podr铆an estar representadas por las organizaciones empresariales m谩s representativas.
7. Las ONGs, podr铆an estar representadas por la coordinadora de ONGs.
8. En cuanto a las Federaciones de asociaciones de inmigrantes. A nuestro juicio y puesto que se trata de un Foro de la inmigraci贸n, deber铆a estar representada por todas las Federaciones de asociaciones de inmigrantes, con implantaci贸n en las Illes Baleares.
Propuesta 3
La financiaci贸n del Foro entendemos que ser铆a garant铆a de operatividad la fijaci贸n del. Compromiso de dotaci贸n presupuestaria suficiente por parte de la consejer铆a.
Propuesta 4
Finalmente, creemos m谩s acertada la denominaci贸n de “ Foro de la inmigraci贸n en las Islas Baleares” frente a la propuesta de “Foro de la Inmigraci贸n de las Islas Baleares, puesto que se pretende debatir en 茅l la problem谩tica y posibilidades de soluci贸n de la misma de los ciudadanos extranjeros que viven en esta tierra, lo que refleja la preposici贸n “en””, que la de “en”, que indica origen, procedencia, pertenencia , de donde son o vienen las personas o cosas, y los inmigrantes de los de aqu铆 se trata no proceden ni vienen de las Islas Baleares, sino que se sit煤an en las mismas.
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